La idea predominante del matrimonio en la Iglesia es producto de una imagen de Jesús como legislador y una consecuente lectura jurídica de los pasajes bíblicos que tratan el asunto, diferente de aquella que la exégesis informada expone.
Es común asumir que, porque Jesús condenó el divorcio antaño, lo haría también hoy. Esa idea es un "anacronismo etnocéntrico", por eso Bruce Malina pregunta: "¿Significan lo mismo el matrimonio y el divorcio cuando Jesús habla de ellos y cuando nosotros hablamos de ellos?". Es lo que queremos ver más de cerca tomando en cuenta los condicionamientos socio-culturales. Su importancia estriba en que la atención se centra en el hombre, y este en su contexto, no en textos escritos como tales, abstraídos de sus contextos. Uno de los errores es precisamente ignorar los contextos, especialmente los socio-culturales, más cuando se trata de relaciones humanas. El factor socio-cultural El documento vaticano de 1993 La interpretación de la Biblia en la Iglesia, nos recuerda que "el estudio crítico de la Biblia necesita un conocimiento tan exacto como sea posible de los comportamientos sociales que caracterizan los diferentes medios en los cuales las tradiciones bíblicas se han formado" (I.D.1). Yo añadiría, y los condicionamientos culturales. Más adelante aclara que el acercamiento antropológico cultural "permite distinguir los elementos permanentes del mensaje bíblico que tienen su fundamento en la naturaleza humana, y las determinaciones contingentes, debidas a culturas particulares" (I.D.2). Jesús, Pablo, y los evangelistas, cada uno de ellos vivía en una determinada cultura con su cosmovisión y costumbres, dentro de la cual su discurso tenía sentido. Los valores, lenguaje, creencias, y por cierto su comportamiento, se derivaban de la sociedad en la que vivían. Es en esa matriz que podremos comprender las razones para la conducta y los discursos que leemos en el Nuevo testamento, entre ellos los relacionados al divorcio. Nuestra cosmovisión no es idéntica a aquella de los tiempos bíblicos. Los conocimientos adquiridos en las áreas de humanidades, el escudriñamiento de la naturaleza y el cosmos, han cambiado considerablemente nuestros conceptos y nuestros paradigmas socio-culturales, nuestra manera de comprendernos a nosotros mismos y de relacionarnos. Y esto, sin duda alguna, ha llevado a entender de otra manera también la relación entre el hombre y Dios. Todo esto significa que entre ellos y nosotros hay una considerable distancia, no solo en el tiempo y el espacio, sino en lo que concierne la matriz socio-cultural en la que se dan sus significados. Así, en el Occidente moderno ni se entiende ni se vive el papel de la mujer como antaño, ni su relación con el varón y su lugar en la sociedad; hoy no admitimos como válida la vetusta idea de que ella es un ser inferior y que debe estar subordinada al varón, como se lee de inicio a fin en la Biblia. Las relaciones sociales eran estrictamente jerárquicas. La subordinación de la mujer al marido era parte de las normas y virtudes propias de antaño, y nos es conocida también del Nuevo testamento. Solo él podía divorciarse. La mujer que no vive bajo la tutela de un varón es vista como carente de honra, de aquí la importancia del acta de divorcio, que le permite volver a casarse. Solo nuevas nupcias le restituyen su honor, al entrar en la esfera del honor del varón. La unión matrimonial El matrimonio era un contrato entre dos familias para la promoción de cada una. No era una opción libre y madura de la pareja, particularmente por parte de la mujer. No existía una etapa previa que conocemos como enamoramiento. Ella se casaba porque era el deber de todo padre honorable procurarle un marido adecuado a su hija, y buscaba las ventajas familiares. El varón se casaba fundamentalmente para tener hijos -no tenerlos era una deshonra-. Los novios generalmente provenían de familias que se conocían, y no pocas veces emparentadas, dentro del mismo núcleo familiar o clan, y de la misma región. Eso significa que, a diferencia de nuestra sociedad y costumbre de casarse sin relación alguna entre las familias, antaño venían ambos de mundos que ya compartían, de historias que les eran cercanas. Hoy vienen generalmente de mundos, familias, costumbres, idiosincrasias, posiciones o estatus, escuelas, ocupaciones, muy diferentes. Puesto que el matrimonio era fundamentalmente un contrato social, la armonía de la pareja no estaba garantizada por motivos afectivos, sino por exigencias sociales -por los deberes que se impone cumplir. Un componente fundamental era el honor. Esa unión era entendida, dentro de su mentalidad determinista, como designio de Dios: así como es Dios quien determina quienes son nuestros padres, es Dios quien "une" en matrimonio, de allí la cláusula "lo que Dios unió" (Mc 10,9). La prioridad del honor sobre el amor se refleja en Dt 22,28s, que regía hasta tiempos de Jesús: "Cuando algún hombre halle a una joven virgen que no ha sido desposada, la toma y se acuesta con ella, y son descubiertos, el hombre que se acostó con ella dará al padre de la joven cincuenta piezas de plata; ella será su mujer, por cuanto la humilló, y no la podrá despedir en toda su vida". Antaño no había una ceremonia matrimonial como conocemos hoy, por un juramento público o un acta firmada. Tampoco existía tal cosa como un matrimonio religioso. Era un contrato convenido basado en el honor. El matrimonio se afirmaba en el momento -a menudo ceremonial (cf. parábola de las 10 vírgenes)- en el que el novio llevaba a la novia de la casa paterna para introducirla a su casa, y se sellaba en el lecho conyugal -de aquí la importancia de su virginidad (Dt 22,13-19). Llevarla a la casa equivalía a afirmar "se casó con...". Por eso se dice que "son una sola carne". La relación de esposos en el mundo mediterráneo era según el modelo de la relación patrón-siervo. Ella está sujeta al hombre. El patronazgo asegura protección y proporciona honor al siervo/esposa; a cambio ella se somete, es dócil y obediente al patrón, y por cierto le es absolutamente fiel. Falla en esto es causal suficiente para el divorcio. Esto contrasta con el acento en la independencia, la autoestima y la libertad, en nuestro mundo. Todo lo dicho debe alertarnos a las diferencias culturales, pero también a la presunción de que vocablos para designar a las personas y sus relaciones significaban lo mismo que hoy. Esposa, matrimonio, divorcio, son términos que no tenían antaño el mismo significado que tienen en el Occidente moderno. El divorcio Puesto que el matrimonio era asumido como un contrato social, el divorcio era la ruptura de ese contrato. El divorcio afectaba la dote de la esposa, su residencia y el honor de las familias. Disuelto el vínculo, quedaba "libre", por tanto se abría la posibilidad de nuevas nupcias. Por ser el fin de un vínculo legal, el divorcio tenía que certificarse mediante un "acta de divorcio" para abrir las puertas a un eventual nuevo matrimonio. En el judaísmo el divorcio siempre implicaba la posibilidad legal de nuevas nupcias; se sobrentendía. No se concebía a un hombre que viva soltero. La mujer por su parte necesitaba protección y honorabilidad, ambas asociadas al matrimonio. Había diferentes motivos "legales" para proceder al divorcio. Según Dt 24,1, texto base, "Cuando alguien toma una mujer y se casa con ella, si no le agrada por haber hallado en ella alguna cosa indecente le escribirá carta de divorcio, se la entregará en la mano y la despedirá de su casa". La "cosa indecente ('ervah)" se refería a algo o un comportamiento inapropiado, indecente, por tanto vergonzoso, que afecta el honor. Como se observa, el texto es muy amplio y deja las puertas abiertas a lo que leemos en Mt 19,3 como causal: "por cualquier motivo". Algo similar se lee en Sir 25,26 "Si (la esposa) no se comporta según tu voluntad, apártala de tu lado". Por su parte, la Mishna anota que: "La escuela de Shammai dice: Un hombre no puede divorciarse de su esposa excepto si halló en ella falta de castidad, pues está escrito ‘Porque encontró en ella indecencia (‘arub dabar) en algo'. Y la escuela de Hillel dice: (un hombre) podrá divorciarse aún si ella le malogró un plato, pues está escrito ‘Porque encontró en ella indecencia en algo'". R. Akiba fue el más liberal: el hombre puede divorciar a su mujer "inclusive si encuentra otra más bella que ella, pues está escrito: ‘Y será despedida si no la encuentra agradable a sus ojos (de él)...' [Dt 24,1]." (m.Git 9,10; vea m.Sotah 6 sobre causales de divorcio). Ya mencioné que el honor era un aspecto fundamental en la relación familiar: contaba la imagen pública del matrimonio (no la relación íntima per se). La mujer era para el hombre motivo de orgullo o de vergüenza, motivo de su aceptabilidad social (cf. Prov 31). Por eso se cuidaba la conducta de la esposa, su decoro, y se castigaba su infidelidad. Era ella quien constituía la fuente de honor del hombre. Esto era parte de la cultura patriarcal y andrógena de antaño. Aunque sea compañera o consorte, legalmente la mujer era tratada como propiedad. Pero era propiedad que, además, involucra su honor. Un atentado contra lo uno, lo era contra lo otro. Si alguien cometía adulterio con ella era como si le robara o destruyera su propiedad. Si fue violada, exige venganza; si ella consiente es adulterio, y el marido debe divorciarla. Adulterio se imputaba a la mujer, no al varón. Y adulterio es deshonra. Por eso el marido engañado debía divorciarla para así recuperar su honor. Notoria es la sentencia en Prov 18,22: "el que guarda una (esposa) adúltera es tonto e impío" (cf. Sir 25,26). Solo el varón podía divorciarse. Si era sin motivo válido era una ofensa a la familia de la mujer pues atentaba contra su honor, puesto que se le achacaba como causal alguna falta normalmente asociada al decoro y la conducta sexual. Debemos tener presente que la conducta que en el Oriente importa es la social, de carácter público. De aquí la importancia del honor. Los normas conductuales refieren a estructuras sociales, no a la conciencia individual -recordemos el Decálogo y el Sermón del monte (cf. 1Cor 6,9s; Gál 5,19ss)- ni a su autorrealización. Es de aquí que hay que juzgar la moral de antaño: tiene por finalidad asegurar la cohesión del grupo. Por lo mismo, virtudes son aquellos comportamientos que fortifican las relaciones grupales; vicios o pecados son aquellos que atentan contra la cohesión del grupo. Las famosas Haustafeln, códigos de conducta familiar, eran normas para la convivencia armoniosa en casa y conciernen la honorabilidad (Ef 5,21-6,1; 1Pdr 2,18-3,7). Es con ese trasfondo que hay que juzgar el matrimonio y el divorcio tal como se entendía antaño: ¡el honor podía obligar al divorcio! La posición de Jesús de Nazaret. Veamos ahora el evangelio. Tomaremos Mc 10,2-9 como representativo de la situación original. En él se basan Mt y Lc. Se plantea la pregunta si es lícito el divorcio. En el judaísmo, a tenor de Dt 24,1 lo era. ¿Qué dice el maestro de Nazaret? Parte de la cultura son las ideas religiosas propias de un pueblo, que se manifiestan en costumbres. Así, Dt 24,1 permitía al hombre divorciarse por cualquier motivo calificado como comportamiento impropio (‘ervah), lo que podía entenderse ampliamente, como lo hacía la escuela de Hillel. Esto ponía a la mujer a merced del capricho del hombre, y se prestaba a legalizar la calificación de falta grave en la mujer a lo que era intrascendente, lo cual atentaba contra su honor y el de su familia. Por eso se aclara en Mc 10,5 que eso "lo escribió Moisés por la dureza de su corazón". Acto seguido se remite a la creación como voluntad de Dios. Pero, ¿cómo entendía el judío antaño Génesis en relación al matrimonio? Una idea nos la da la oración de Tobías: "Tú mismo creaste a Adán y para él creaste a Eva, su mujer, para sostén y ayuda, y para que de ambos proviniera la raza de los hombres. Tú mismo dijiste ‘No es bueno que el hombre esté solo; hagámosle una ayuda semejante a él'. Yo no tomo a esta mi hermana con deseo impuro, mas con recta intención. Ten piedad de mí y de ella y podamos llegar juntos a nuestra ancianidad" (8,6s). La razón de ser de la creación de la mujer es la procreación (Gén 1,27s) y que sea compañera del hombre (Gén 2,18ss). Pero, hay circunstancias en las que ella claramente deja de ser compañera, como sucede cuando le es infiel o cuando lo deshonra. El deseo de Tobías era que "podamos llegar juntos a nuestra ancianidad", lo que por cierto dejaba abierta la posibilidad de que no sea así. La visión de Jesús sobre el tema del divorcio no era idéntica a la de los maestros judíos; por eso le preguntan y está en el Nuevo testamento. ¿Cuál era la diferencia? Por lo pronto, Jesús se alejó de la concepción jurídica (lo permitido, lo mandado) propia del judaísmo, sobre la que se le cuestiona, y remite a una visión de principio, no legalista, en Génesis, para concluir que "lo que Dios unió, no lo separe el hombre". ¿Qué entendían los judíos por "lo que Dios unió" (expresión ausente en Génesis)? Pues, el atractivo del varón hacia la mujer, que le motiva (a él!) a dejar a sus padres para ser "una sola carne" con ella (Gén 2,24). Esta expresión es una referencia a la unión sexual, con la cual se sella el matrimonio. A la base hay una idea determinista, hoy descartada pues contradice la libertad del hombre. Recordemos que el matrimonio era un contrato entre familias, al margen de posibles consideraciones afectivas por parte de los novios. En la crucial sentencia "no lo separe el hombre", anthrôpos/ha'adam se refiere al ser humano en general, no solo al esposo. En aquella sociedad el varón era visto más como macho que como esposo, y se esperaba que juegue ese papel -por eso se le condescendía la infidelidad, no así a la mujer. Jesús presenta un imperativo moral: ¡no separe! (mê jorizetô; no dice "si se ha separado", o "si se separa"), imperativo que constriñe a no ir en contra de la intencionalidad divina al crear a la mujer para que sea compañera del hombre, y por tanto éste tiene la obligación de tratarla como tal: "carne de mi carne, hueso de mis huesos". No estamos ante una sentencia jurídica sino una exhortación; no se refería al divorcio como tal, sino a la fidelidad entre hombre y mujer. La expresión ¡no separe! implica que sí es posible la separación -por eso contemplada- pero debe evitarse llegar a una situación que la haga inevitable. Sabiamente, Jesús deja abierta la cuestión de las situaciones en las que es imperativa la separación en aras del bien mayor. A eso responde la versión de Mateo. En Mt 19 se plantea la pregunta de si es lícito el divorcio, no ya por principio como en Mc 10, sino "por cualquier motivo", tácitamente admitiendo que el divorcio es lícito. ¿Qué causal, que no sea "por cualquier motivo", podría haber? Tiene que ser un motivo serio que lo justifique. Mateo explicita: "excepto en caso de porneia" (reiterado en 5,32). ¿Qué entenderían los lectores de Mateo bajo este vocablo griego? Tiene que ver con sexualidad (porn-) en su sentido común amplio. No se limita al adulterio, para lo cual hay un vocablo explícito (moijeia), además que obligaba al divorcio en aras del honor (cf. Mt 1,18-20). Tratándose del matrimonio, ineludiblemente concierne algo que ocasione vergüenza, que atente contra el honor, la respetabilidad del hombre. Tal sería el adulterio o una conducta impropia en el área sexual de una mujer casada, con lo que abre el abanico pero siempre dentro de la misma esfera de la sexualidad, a lo que antaño se era sumamente sensible (pensemos en todas las leyes de pureza ritual en Levítico). Pablo también contempla una excepción que legitima el divorcio en 1Cor 7,15: por discrepancia religiosa para salvaguardar la fe. En resumen, la visión jesuánica del matrimonio no es la tradicional de un contrato entre familias ni de defensa de derechos del varón; no es jurídica, por eso en su mente no hay lugar para casuísticas. Su visión se inspira en Gén 1, por eso, con sensibilidad humana, no avala sumisiones asimétricas como las de Dt 24. Jesús toma con absoluta seriedad la "dignidad" de las personas, que es una constante en su conducta, especialmente de las más relegadas. De hecho, la descalificación de Dt 24 como norma y su referencia a la Creación incluye una implícita defensa de la dignidad y la honorabilidad de la mujer, y es eso probablemente lo que primaba en la mente de Jesús. No es voluntad de Dios que ella esté sujeta al capricho del varón. La suya es una visión existencial, no legalista, que apunta a un ideal de vida. Ese es el sentido que expresa la advertencia a continuación en Mc 10,11: "El que despide a su mujer y se casa con otra comete adulterio contra aquélla". Esta advertencia ha sido puesta en labios de Jesús por la comunidad cristiana posterior. Sorprendentemente, contra la costumbre y las apreciaciones de su tiempo, se califica de adúltero al hombre -no a la mujer-, cosa que el judío no hacía pues se casa con una mujer no casada. El hombre es calificado de adúltero solamente si tiene relaciones con una mujer casada. Esa advertencia pone de relieve la seriedad del divorcio. Jesús entiende que el honor se aplica también a la mujer, y por eso el marido la deshonra al divorciarla y es calificado de adúltero. Es una exageración exhortar a sacarse el ojo o cortarse la mano si es causa de escándalo; también lo es calificar de adulterio el hecho de desear poseer la mujer ajena (en Mt 5,28). Y el modo de hablar, en cuanto a su forma literaria, es el mismo en todos estos casos; no es legislación. Jesús no legisla. No jugó el papel de legislador, sino de profeta. Mediante este lenguaje hiperbólico, propio de profetas, al calificar de adúltero al que se divorcia de su mujer, se pone de relieve lo injusto de su acto: le es gratuitamente infiel. Implícitamente, para Jesús el honor corresponde no solo al varón, sino también a la mujer, y por eso el que la divorcia injustamente la deshonra; la trata como "infiel", adúltera: vulnera su honor y el de su familia. Si la divorcia por porneia (impudicia), como Mateo indica expresamente, segundas nupcias son legítimas. Pero, si el hombre se divorcia para casarse con otra no lo es, por eso la cláusula "y se casa con otra". Al ser "expulsada" la mujer necesitaba reconstituir su honorabilidad y contar con el sustento y la protección que da el varón, por eso normalmente se volvía a casar. Ahora bien, si la divorciada se vuelve a casar, al ser ilegal un divorcio "por cualquier motivo", el marido carga con la responsabilidad del adulterio que ella comete "legalmente" al casarse de nuevo, como se lee en Mc 10,11: "comete adulterio contra ella". Como vemos, el tema para Jesús de Nazaret no era el divorcio en sí, su legitimidad. No había idea de una suerte de indisolubilidad invariable. Ningún contrato -y el matrimonio era entendido así- es indisoluble. Para Jesús el tema era la dignidad de la persona que es víctima de la imposición caprichosa, del abuso de otro: el divorcio "por cualquier motivo", como lo explicita el texto de Mateo. Como en muchos otros textos, Jesús sale en defensa de la parte débil, la víctima de la discriminación y de la marginación (la divorciada es repudiada, rechazada, ¡tratada como leproso!). De ayer a hoy Para la lectura correcta de un texto es necesario tomar en cuenta la realidad socio-cultural en la cual se produjo, y que el lector esté consciente de sus propios condicionamientos socio-culturales e ideas filosófico-teológicas, entre otros. Así, si antaño en Oriente un principio de convivencia era el honor, hoy en Occidente lo es la dignidad; si antaño se pensaba en términos relacionales, hoy es en términos personales; si el ideal de vida antaño era la paz y la armonía, hoy lo es la realización personal y el éxito. Estos principios no fueron pensados en abstracto, aunque la intención fuera universalista. Surge pues la pregunta por la validez, el alcance y las limitaciones de los principios y normas que provienen de la cultura del autor, para la cultura del hombre de hoy en Occidente, con todos los conocimientos que entre tanto ha adquirido y las sensibilidades humanas que ha desarrollado. Se impone así una suerte de círculo hermenéutico entre la cultura de antaño y la moderna, entre Oriente y Occidente. Por eso los diálogos interculturales, que incluyen los interreligiosos, han ido cobrando importancia y han relativizado no pocas de nuestras certezas. Sin embargo, la mayoría de las personas que leen la perícopa sobre el divorcio lo hacen desde la perspectiva individualista de nuestro mundo, sin considerar la sociocultural de antaño -eso si no desde una visión netamente doctrinaria. La entienden como un problema individual que hay que resolver, no como una problemática comunitaria (familiar). Más, la leen en clave jurídica y no de lazos familiares. De hecho, como nos recuerda Bruce Malina, hablar de "persona" en relación a la Biblia es un anacronismo; ni siquiera tenían ese vocablo. Y la exégesis ha puesto en claro que no se trata de una legislación jesuánica. Se ponen así en evidencia los alcances y valores, y también las limitaciones tanto del texto en razón de sus condicionamientos históricos, como las nuestras al descubrir valores que hemos perdido o riquezas que ignorábamos. Con estas observaciones, veamos sucintamente el sentido del texto referido al divorcio leído desde sus orígenes puesto en diálogo con nuestra modernidad. 1. A Jesús le piden su opinión sobre el divorcio, y responde que hay que remitirse a la voluntad e intención primigenia de Dios en la creación del hombre expuesta en Génesis, que contrasta con la opinión común que se remite a Deuteronomio. ¡No actuó como legislador, como se le ha imputado tantas veces! Como hacía con las parábolas, invitaba a reflexionar, discernir y decidir. Su reflexión a partir de Génesis la asumió la comunidad y está en Mc 10,10-12 par. Importante por tanto es la intención de Jesús, que no responde con sí o no, ni entra en un debate: plantea un punto de partida para la reflexión y aplicaciones concretas. La posición de Jesús frente al divorcio es coherente con la que le conocemos de otras situaciones: la defensa de la parte marginada, asumiendo una postura principista (Gén), no legalista (Deut). De él aprendemos a tomar distancia de una visión predominantemente jurídica en relación a la vida, la sociedad y la convivencia, y asumir más bien una actitud compasiva y solidaria con "el pobre". El tomaba en serio a las personas y su valía, especialmente a los relegados y los marginados. Por eso Jesús veía a la divorciada como persona, no como objeto, cuya dignidad defiende al remitir a Gén 1, y recusaba la tradicional concepción de la mujer como subordinada a la voluntad del varón, y el divorcio fácil que establece Dt 24. Estos, así como su clara defensa del matrimonio, son valores que debemos resaltar del texto que nos concierne, y concuerdan con nuestra cultura. 2. Por otro lado, hoy no admitimos teológicamente la concepción determinista del matrimonio como "lo que Dios unió". Es la negación de la libertad de los seres humanos. Condición indispensable para la validez del matrimonio hoy es precisamente la libertad de ambas partes. Tenemos una concepción más egalitaria de las personas que la que tenía Jesús y se lee en el Nuevo testamento en general. Rechazamos aquella idea que la mujer es parte de las propiedades del hombre, por tanto disponible. Era una relación asimétrica, en la cual el marido era amo y señor. Paulatinamente hemos llegado a reconocer la igualdad de derechos de todos, incluidas las mujeres y los niños. Nos regimos, en general, por los Derechos Humanos, que contrastan con la cultura social antigua. La mujer hoy es libre y se impone igualitariamente con el varón; no acepta ser súbdita. 3. La idea -y vivencia- del matrimonio hoy es diferente, como lo es la idea de familia, y la constitución de la sociedad misma. No somos Orientales... El matrimonio se determinaba en Palestina fundamentalmente en base a conveniencias sociales y prácticas, pactado entre los padres; hoy lo es por el amor mutuo libre, previa etapa de enamoramiento. Por eso, tanto la unión como la separación, no se basaban en los mismos valores que los nuestros. Para nosotros, que priorizamos la individualidad, es primordial en una relación interpersonal la atracción, el afecto, independientemente de las expectativas de la otra parte. Hoy no se casan en Occidente para cumplir con el mandato "creced y multiplicaos", sino por el amor mutuo. Los hijos encarnan ese amor mutuo. Notemos que en el evangelio no se habla de los hijos, sin embargo hoy son tan importantes que pueden justificar el divorcio. Hoy se casan en edad más avanzada que antaño, además con profesión, y autonomía, -lo cual acarrea más problemas para la adaptación a la convivencia. Añadamos a eso la diferencia enorme entre la vida social y laboral en las grandes urbes modernas, con sus efectos sobre la familia, y la vida estrechamente entrelazada en los pueblos palestinos. La sociedad de hoy es notoriamente diferente. Esto crea un sistema diferente de valores. No podemos cerrar los ojos al hecho de que en el curso de dos mil años hemos aprendido mucho sobre el hombre en sus varias dimensiones que se desconocía antaño, pero también que la estructuración de la sociedad y la vida familiar, con su ritmo de vida y las exigencias de la misma son palmariamente diferentes de antaño. Obviamente, no es lo mismo vivir en una aldea campesina que en una gran urbe moderna. 4. La mayoría de casos en los que se plantea el divorcio resultan de alguna situación de imposibilidad práctica de lograr una convivencia armónica. Antes de que "la muerte los separe" efectivamente, ya murió afectivamente. Con nuestros conocimientos del hombre gracias a la sicología, la sociología, la antropología, y afines, y en sintonía con nuestra valoración de los Derechos humanos, apreciación de la autoestima, y cuidado del equilibrio sicológico, consideramos causales de divorcio situaciones antes desconocidas, para salvaguardar la integridad y la dignidad de las personas -incluidos los hijos. No solo cuidamos la salud física, sino también la síquica. ¿Qué sucede en una sociedad como la nuestra, donde no es un ideal que la mujer esté sujeta al marido, sino que se desenvuelva y surja (hoy estudian, son profesionales, incluso ejecutivas)? De allí el alcance y las limitaciones de lo que dice el texto bíblico, texto que corresponde a los condicionamientos socio-culturales del momento en que se produjo. Frecuentemente las familias vivían cercanas las unas a las otras, eso si no contiguas, que contrasta con nuestro mundo donde viven distantes. La esposa se mudaba a la casa del marido, que solía estar en o cerca de la casa de sus padres (cf. Mt 10,35; 25,5s), cosa que hoy se da cada vez menos. La familia era además una unidad productiva, donde la economía era compartida totalmente -hoy cada parte maneja su economía, hasta individualmente. Esos eran lazos que unían y favorecían la estabilidad matrimonial y familiar. En cambio hoy el mundo laboral y social impone obligaciones que separan a las personas del círculo familiar. Vivimos en un mundo de cambios aceleradas y alta movilidad. 5. Permítaseme añadir algunas preguntas y reflexiones cándidas. Al hablar del matrimonio, ¿es lícito aplicar los patrones culturales de la sociedad palestina del primer siglo a los patrones culturales ancestrales del mundo Andino, por ejemplo? El honor, tal como lo entendemos, no es un valor en el Ande, la fidelidad es relativa, la convivencia a prueba antes del matrimonio (servinakuy) es parte del proceso, la mujer se deja golpear ("cuanto más te quiero más te pego"), y la lealtad es en primer lugar con el pueblo, no con los padres. Conocemos las interminables discusiones al suponer que una cultura es superior a otra. El amor afectivo y la realización personal son parte de nuestra cultura, por eso son vitales para nosotros. Estas son las fuerzas motoras para el matrimonio hoy. ¿Podemos trasladar e imponer la prioridad de las conveniencias de los padres y decidir sobre la legalidad del matrimonio de los hijos en esos términos? Más, ¿es lícito imponer la "concordia" grecorromana o la "armonía" hebrea como ideal de matrimonio a nuestra cultura, para decidir sobre su validez? Sería un imperialismo cultural pretender imponer los ideales y valores sociales de una cultura a otra. ¿Por qué no se dice nada de la necesidad del divorcio cuando la convivencia es un infierno y los que sufren son los hijos? ¡Es notorio que no se mencione a los hijos en relación al divorcio! ¿Debemos mantener la valoración que se tenía antaño de los niños? Su situación en la familia era diferente que en las nuestras; no contaban -por eso no se mencionan en relación al divorcio. Pero en nuestro mundo, precisamente por la importancia de los niños, el divorcio se impone como necesidad si el clima familiar es infernal o disfuncional, y también las nuevas nupcias si le van a dar estabilidad y seguridad a los hijos. ¿Por qué se olvida, a la hora de considera la sentencia de Jesús que apuntaba a principios generales basados en la idea que tenía de Dios: un padre (abba) dispuesto al perdón y movido por la compasión, pero también defensor de "la viuda, el huérfano y el extranjero" (la divorciada está en la misma situación que la viuda)? Jesús mismo no dijo nada explícito sobre las nuevas nupcias -lo dicen Marcos (10,11s) y Mt/Lc. Pablo deja abierto el que la parte que fue abandonada por la pagana se vuelva a casar, pero con un cristiano (1Cor 7,15). Cierto, él prefiere que no se casen. El mismo indicó que hay que vivir el carisma (v.7); "es preferible casarse que quemarse" (v.8s). 6. El mensaje es lo que constituye la Palabra de Dios, la cual debe hablar al auditorio que lo escucha, y que vive en una matriz sociocultural particular, no idéntica a aquella de otras latitudes o tiempos, ni de los tiempos bíblicos. Palabra de Dios no es la cultura, sino los valores profundos que se transmiten. En relación al divorcio, es la defensa de la integridad y la dignidad de la persona víctima del capricho de alguien. Al remitir al origen como respuesta a la pregunta por la licitud del divorcio, Jesús exhortaba a restituir la dignidad de la mujer como persona creada por Dios (notar que se trata de Dios creador) y a tomar en su seriedad como voluntad divina "la vocación" al compañerismo (independientemente de lo que condujo al matrimonio). La sentencia de Jesús sobre el divorcio no es un mandato (género literario), y lo que se dice hay que entenderlo en el contexto de la visión socio-cultural de antaño sobre el matrimonio: la importancia del honor, la vida en estrecha comunidad, el trabajo complementario familiar, etc. Por eso, los evangelistas adaptaron la visión de Jesús sobre el matrimonio a las realidades socio-culturales de sus comunidades, y Pablo la adaptó a la situación de Corinto. Nosotros debemos hacer lo mismo, para que esa palabra de Dios siga hablando hoy. Los juicios emitidos en base a valores Orientales, como el código de honor, deben ser reconsiderados en culturas donde los valores son diferentes, donde la primacía no es el honor sino la dignidad, que incluye el derecho a la autorrealización. Por eso, como excepción que legitime el divorcio no puede valer solamente el adulterio (Mt 19,9), sino también la incompatibilidad insuperable de caracteres que coactan esos valores, la reiterada violencia física, la negación de la libertad, y otras causales que nos han enseñado a valorar las ciencias sociales y humanas. Y no solo se trata del divorcio como tal, sino también de la posibilidad de nuevas nupcias, como ya antaño se contemplaba cuando se hablaba de divorcio. Quien no tiene vocación de célibe debe casarse, sentenció Pablo (1Cor 7,9). Mucho antes en Gén 2 se destacó que "no es bueno que el hombre esté solo"... y Dios le creó una compañera. Y en Gén 1 se subrayó que, creado "a imagen de Dios", el ser humano (ha'adam) fue hecho "varón y mujer" (v.27). Fue a Génesis que Jesús remitió como principio hermenéutico, y fue su profunda compasión que le movía a defender la dignidad de las personas, especialmente las marginadas y maltratadas. 7. Al concluir su extensa tesis doctoral sobre el tema, Corrado Marucci apuntó a una gran verdad, como había hecho antes Joseph Fitzmyer, cuando afirmó que "gran parte de las resistencias sobre la interpretación que también nosotros sostenemos aquí, deriva del temor que, concedido un motivo de divorcio en Mt, se abra la concesión a cualquier motivo... Admitir un solo motivo de divorcio significa destruir la teoría del vínculo metafísicamente indisoluble, es decir afirmar que el matrimonio (válido) entre dos cristianos no es esencialmente indisoluble". Me temo que sigue latente la crucial pregunta que se planteó durante el concilio de Trento: "¿Puede sostenerse que el matrimonio, aun en caso de adulterio, es indisoluble, cuando el conocido pasaje en Mat 19,9 no es explicado de manera inequívoca en ese sentido por exegetas como Cayetano; cuando de hecho tenemos decisiones conciliares, decretos papales y testimonios patrísticos que asumen la postura contraria; y cuando las Iglesias orientales desde hace muchos siglos observan la práctica contraria?".
0 Comentarios
Deja una respuesta. |
Ayuda al Blog que publica todos los días diferentes áreas, queremos seguir publicando
EL BLOGEl blog es uno dedicado al análisis en general de muchos puntos desde la ópica teológica. La meta es impulsar el estudio amplio y profundo de la fe y de la razón, siendo ambos elementos fundamentales de la vida. SABES QUE PUEDES HACER COMENTARIOS A LAS REFLEXIONES O ENSAYOS TEOLOGICOS QUE APARECEN EN EL BLOG, SI PUEDES INTENTALO...
Archivos
Febrero 2023
Categorias |